Requisitos para la candidatura a Rector/a
REQUISITOS | CRITERIOS |
1. Estar en goce de los derechos de participación. | 1.1.- Digitalizado de cédula de ciudadanía y/o identidad ecuatoriana, actualizada; 1.2.- Respectivo certificado de votación vigente a la fecha de la elección, de ser aplicable; o 1.3.- Certificado de goce de derechos políticos de participación, expedido por el Consejo Nacional Electoral-CNE. |
2. Tener grado académico de doctor (PhD o su equivalente) reconocido por el órgano rector de la política pública de educación superior. | El título con grado académico de doctor en ciencias o su equivalente PhD, debe estar registrado en la SENESCYT y debe contener la nota: “Título de doctor o PhD válido para el ejercicio de la docencia, investigación y gestión en educación superior”. |
3. Tener experiencia de al menos cinco (5) años en gestión educativa universitaria, o experiencia equivalente en gestión. | La gestión educativa universitaria corresponde a aquellas que se encuentran establecidas en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Superior. |
4.- Haber realizado o publicado al menos seis obras de relevancia o artículos indexados en su campo de especialidad, dos de los cuales debieron ser producidos en los últimos cinco años, con excepción de los Rectores o Rectoras y Vicerrector o Vicerrectora en funciones, que se postulen a la reelección. | Las obras relevantes publicadas, deberán cumplir con lo establecido en el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor Investigador del Sistema de Educación Superior, expedido por el Consejo de Educación Superior del CES. Deberá presentar copia simple de su publicación, y/o obras relevantes observando lo que dispone la normativa que rige el sistema. |
5.- Haber accedido a la docencia por concurso público de merecimientos y oposición, u otro proceso de selección basado en méritos en cualquier universidad o escuela politécnica nacional o extranjera. | Acción de personal o nombramiento; y, cuando provenga de instituciones privadas, con el respectivo contrato de trabajo que indique tal categoría. |
6.- Tener experiencia en docencia o en investigación por al menos cinco años, tres de los cuales deberán haber sido ejercidos en calidad de profesor universitario o politécnico titular a tiempo completo, y haber ejercido la docencia o la investigación con probidad, eficiencia y pertinencia. | 6.1.- La experiencia docente de al menos cinco años podrán ser cumplidos en cualquier tiempo, no necesariamente en los últimos años anteriores a la fecha de la candidatura. 6.2.- En lo referente a la modalidad de vinculación del personal académico, en cuanto a los tres años que deben ser ejercidos en calidad de titular a tiempo completo, éstos pueden ser consecutivos o no. 6.3.- Para la experiencia de la docencia en universidades, o escuelas politécnicas públicas se acreditará con el respectivo contrato, acción de personal o nombramiento; y, cuando provenga de instituciones privadas con el respectivo contrato de trabajo que indique tal categoría. |
7.-Los requisitos adicionales para la elección de primeras autoridades. – De acuerdo con lo establecido en el artículo 55 de la LOES, y considerando la naturaleza de la Universidad, las primeras autoridades, entendidas como tal el Rector, el Vicerrector Académico Intercultural y Comunitario, y el Vicerrector de Gestión Comunitaria, Investigación y Vinculación con la Sociedad, deberán cumplir los siguientes requisitos adicionales: | |
a) Haber participado activamente en la vida comunitaria por al menos 5 años. La comunidad o la organización provincial, regional o nacional de las nacionalidades y pueblos indígenas, certificará dicha participación comunitaria. | Contar con una participación en quehacer de la vida comunitaria. Su respaldo será otorgado por la comunidad o la organización provincial, regional o nacional de las nacionalidades y pueblos indígenas, quien certificará dicha participación comunitaria. |
b) Dominio probado de una lengua originaria de las nacionalidades indígenas. El certificado será emitido por la institución legalmente autorizada para emitir dichos certificados. | Demostrar el dominio hablado y escrito de una lengua originaria de las nacionalidades indígenas. El certificado de dominio debe ser emitido por una institución legalmente reconocida. |
c) Haber sido nominado por el Congreso Académico de Educación Superior de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas a través de un proceso de democracia comunitaria. | Para ser candidato a primera autoridad de la Universidad, se deberá contar con el respaldo y la nominación en el seno del Congreso Académico de Educación Superior de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas a través de un proceso de democracia comunitaria. |