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Requisitos para la candidatura a Rector/a

REQUISITOS

CRITERIOS

1.   Estar en goce de los derechos de  participación.

1.1.- Digitalizado de cédula de ciudadanía y/o identidad ecuatoriana, actualizada;

1.2.- Respectivo certificado de votación vigente a la fecha de la elección, de ser aplicable; o

1.3.- Certificado de goce de derechos políticos de participación, expedido por el Consejo Nacional Electoral-CNE.

2. Tener grado académico de doctor (PhD o su equivalente) reconocido por el órgano rector de la política pública de educación superior.

El título con grado académico de doctor en ciencias o su equivalente PhD, debe estar registrado en la SENESCYT y debe contener la nota: “Título de doctor o PhD válido para el ejercicio de la docencia, investigación y gestión en educación superior”.

3. Tener experiencia de al menos cinco (5) años en gestión educativa universitaria, o experiencia equivalente en gestión.

La gestión educativa universitaria corresponde a aquellas que se encuentran establecidas en el Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Superior.

4.- Haber realizado o publicado al menos seis obras de relevancia o artículos indexados en su campo de especialidad, dos de los cuales debieron ser producidos en los últimos cinco años, con excepción de los Rectores o Rectoras     y Vicerrector o Vicerrectora en funciones, que se postulen a la reelección.

Las obras relevantes publicadas, deberán cumplir con lo establecido en el Reglamento de Carrera y Escalafón del Profesor Investigador del Sistema de Educación Superior, expedido por el Consejo de Educación Superior del CES.

Deberá presentar copia simple de su publicación, y/o obras relevantes observando lo que dispone la normativa que rige el sistema.

5.- Haber accedido a la docencia por concurso público de merecimientos y oposición, u otro proceso de selección basado en méritos en cualquier universidad o escuela politécnica nacional o extranjera.

Acción de personal o nombramiento; y, cuando provenga de instituciones privadas, con el respectivo contrato de trabajo que indique tal categoría.

6.- Tener experiencia en docencia o en investigación por al menos cinco años, tres de los cuales deberán haber sido ejercidos en calidad de profesor universitario o politécnico titular a tiempo completo, y haber ejercido la docencia o la investigación con probidad, eficiencia y pertinencia.

6.1.- La experiencia docente de al menos cinco años podrán ser cumplidos en cualquier tiempo, no necesariamente en los últimos años anteriores a la fecha de la candidatura.

6.2.- En lo referente a la modalidad de vinculación del personal académico, en cuanto a los tres años que deben ser ejercidos en calidad de titular a tiempo completo, éstos pueden ser consecutivos o no.

6.3.- Para la experiencia de la docencia en universidades, o escuelas politécnicas públicas se acreditará con el respectivo contrato, acción de personal o nombramiento; y, cuando provenga de instituciones privadas con el respectivo contrato de trabajo que indique tal categoría.

7.-Los requisitos adicionales para la elección de primeras autoridades. – De acuerdo con lo establecido en el artículo 55 de la LOES, y considerando la naturaleza de la Universidad, las primeras autoridades, entendidas como tal el Rector, el Vicerrector Académico Intercultural y Comunitario, y el Vicerrector de Gestión Comunitaria, Investigación y Vinculación con la Sociedad, deberán cumplir los siguientes requisitos adicionales:

a) Haber participado activamente en la vida comunitaria por al menos 5 años. La comunidad o la organización provincial, regional o nacional de las nacionalidades y pueblos indígenas, certificará dicha participación comunitaria.

Contar con una participación en quehacer de la vida comunitaria. Su respaldo será otorgado por la comunidad o la organización provincial, regional o nacional de las nacionalidades y pueblos indígenas, quien certificará dicha participación comunitaria.

b) Dominio probado de una lengua originaria de las nacionalidades indígenas. El certificado será emitido por la institución legalmente autorizada para emitir dichos certificados.

Demostrar el dominio hablado y escrito de una lengua originaria de las nacionalidades indígenas. El certificado de dominio debe ser emitido por una institución legalmente reconocida.

c) Haber sido nominado por el Congreso Académico de Educación Superior de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas a través de un proceso de democracia comunitaria.

Para ser candidato a primera autoridad de la Universidad, se deberá contar con el respaldo y la nominación en el seno del Congreso Académico de Educación Superior de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas a través de un proceso de democracia comunitaria.